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CONGRESO AUTORIZA EL USO DE ARMAS NO LETALES A SERENAZGO MUNICIPAL

El problema para dotar de armamento no letal al personal de serenazgo municipal radica en la condición laboral del agente, en la mayoría de municipalidades el personal es contratado por locación de servicio o servicio por honorarios, en el mejor de los casos bajo el sistema CAS.

Muy pocas municipalidades cumplen con personal de serenazgo en planilla y egresados de las escuelas de serenazgo o de entidades educativas autorizadas y reconocidas por el órgano rector del SINASEC que les permita ser considerados funcionarios municipales con la responsabilidad funcional individual correspondiente, pues como “locadores de servicios”, en caso de una negligencia por el mal uso del arma no letal, las responsabilidades por la muerte o lesiones graves causadas a un ciudadano serán asumidas por el alcalde, el gerente de seguridad ciudadana o el funcionario que haga sus veces y el jefe del cuerpo de serenazgo, por constituirse en instrumentos o medios para su empleo.

Por ello, esta autorización del uso de armas no letales corresponde solo para personal de serenos considerados funcionarios municipales, es decir en planilla, nombrado mediante resolución y egresado de un centro de capacitación de serenos municipales debidamente autorizada y reconocida, situación que actualmente está en proceso de reglamentación. (DS N° 09-2022-IN Reglamento de la Ley del Servicio de Serenazgo Municipal).

Actualmente la gran mayoría de municipalidades, debido a sus limitaciones de recursos económicos y financieros, no les conviene contar con personal en planilla, por el contrario, procuran tercerizar individualmente el servicio para evitar vínculos laborales.

Sería conveniente que el Ministerio del Interior cumpla en formular y aprobar el procedimiento administrativo para la autorización y certificación de los centros de capacitación de serenos municipales mediante el Decreto Supremo respectivo (Art. 32. Inciso e. del Reglamento de la Ley del Servicio de Serenazgo Municipal – DS N° 09-022-IN).

El Instituto Superior de Seguridad y Ciencias Aplicadas – ISSEGUR cuenta con los requisitos y los recursos humanos, logísticos y financieros para ser autorizado y reconocido como centro de capacitación de serenos municipales.

ISSEGUR.

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