En el contexto laboral peruano, implementar un sistema de prevención del hostigamiento sexual no solo es una obligación legal, sino también una decisión estratégica clave para proteger la integridad de las personas trabajadoras y fortalecer una cultura organizacional sana y respetuosa.
La Ley N.º 27942, Ley de Prevención y Sanción del Hostigamiento Sexual, establece que todas las entidades, públicas y privadas, deben contar con mecanismos eficaces para prevenir, identificar y sancionar cualquier forma de hostigamiento sexual. Esta normativa exige la implementación de una Política de Prevención y Sanción, que incluya lineamientos generales, procedimientos claros, formatos de denuncia, canales confidenciales, capacitación periódica al personal y la conformación de un comité de intervención o un delegado en organizaciones con menos de 20 trabajadores.
Contar con este sistema permite a las empresas garantizar un entorno laboral seguro, libre de violencia y discriminación, promoviendo el bienestar emocional y psicológico del equipo humano. Asimismo, ayuda a prevenir riesgos legales, cuidar la reputación institucional y fomentar una gestión del talento basada en la equidad, el respeto y la responsabilidad social.
Más allá del cumplimiento normativo, prevenir el hostigamiento sexual es un acto de respeto a los derechos humanos y una práctica fundamental para la sostenibilidad empresarial. Las organizaciones que adoptan estas políticas no solo cumplen la ley: lideran con el ejemplo, construyen confianza y promueven una cultura laboral saludable y ética.
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