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Al margen de los cambios legales que pueden o no darse en materia de trabajo a distancia, el 2022 será un año en el que muchas organizaciones decidan definir la “normalidad” en su forma de trabajo y ejecutar estrategias para su aplicación: híbrido, tiempo completo a distancia o tiempo completo presencial.

Así lo prevé el reciente informe Tendencias 2021 y proyecciones 2022, elaborado por Vinatea & Toyama Abogados, teniendo en cuenta que cualquiera de estas decisiones supone un reto desde la gestión de personas, lo legal y la cultura de la organización.

Más aún porque advierte que el avance de las nuevas tecnologías de la información, la necesidad de retener y capacitar al talento y la apuesta por equipos y sistemas de trabajo cada vez más productivos son constantes.

En ese contexto, considera que durante este año la obligatoriedad de la vacunación para el trabajo presencial, salvo excepciones, dispuesta por el Gobierno y otras medidas similares continuarán siendo ejes centrales para las decisiones en la gestión del retorno al trabajo presencial.

Retos sanitarios

Por tanto, para afrontar de la mejor manera los retos sanitarios en la gestión laboral de este año, la consultora legal recomienda a las empresas realizar seguimiento diario a las normas sanitarias que emita el Gobierno o el Ministerio de Salud (Minsa) y contar con un protocolo o procedimiento que seguir para la implementación de nuevas medidas sanitarias relacionadas con el covid-19.

Asimismo, actualizar con frecuencia la data sobre los trabajadores que sea relevante para la prevención y el control de la covid-19, aprovechar las ventajas de la digitalización de procesos y el trabajo no presencial, sobre todo en grupos vulnerables, y mantener abiertos canales de comunicación efectivos con los trabajadores.

Debido a que incluso el 2020 muchos empleadores iniciaron el proceso de compensación de las licencias con goce de haber que habían otorgado a sus trabajadores, especialmente al grupo de riesgo, la firma legal sugiere además a las empresas tener presente que el Tribunal de Fiscalización Laboral ha validado la posibilidad de que estas sean compensadas unilateralmente por el empleador con las liquidaciones de beneficios sociales, en aquellos casos en los que el trabajador no hubiera compensado la licencia en su totalidad al cese.

FUENTE: Diario El Peruano.

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